MODIFICAN NORMA DE RECTIFICACION EN LOS MEDIOS DE COMUNICACION
Redacción.- El Congreso continúa con sus ataques a los medios de comunicación y la prensa. Esta vez, escudados en los proyectos de ley 4431 y 6718 que modifican el Código Penal para regular “el ejercicio del derecho de rectificación”, el Legislativo intenta someter a la libertad de expresión con un dictamen que en la práctica serviría para amedrentar a los periodistas.
Así lo alertaron organismos internacionales y nacionales, que consideran que existe una vulneración a los principios de la libertad de expresión e información al agravar las penas por delitos de calumnia y difamación sobre investigaciones en curso por la presunta comisión de delitos por parte de funcionarios.

“El Congreso de la Republica pretende aumentar hasta cinco años la pena privativa de libertad y hasta los 365 días multa las sanciones pecuniarias; además, la iniciativa faculta al juez penal a imponer reparaciones civiles a favor del querellante”, indicaron en un comunicado conjunto la Sociedad Interamericana de Prensa, el Comité para la Protección de Periodistas, el Consejo de la Prensa Peruana, Asociación Nacional de Periodistas y la Sociedad Nacional de Radio y Televisión.
La autora del texto es la congresista del Bloque Magisterial Katy Ugarte y fue presentada el 9 de marzo de 2023. Entro en agenda del Pleno y aprobada en primera instancia con 37 votos a favor, 23 en contra y 22 abstenciones. Sin embargo, este dictamen fue sometido a votación sin antes ser debatido en el hemiciclo.
Los responsables de aprobar este dictamen que atenta contra la libertad de prensa a través de sus votos fueron las bancadas de Podemos Perú, Perú Libre, Acción Popular, Bloque Magisterial, Avanza País, Somos Perú y Bloque Democrático Popular. Por su parte, Fuerza Popular se abstuvo en bloque.
“El proyecto de ley pretende reducir injustificadamente a un solo día el tiempo para atender las solicitudes de rectificación, de siete días previstos en la ley actual. Esto recorta de modo severo y grave los derechos de defensa y al debido proceso. Además, pretende que las rectificaciones se hagan hasta en tres días seguidos, una medida desproporcionada”, fue parte de lo que alertaron los organismos internacionales sobre este proyecto de ley.
Esto en relación a la modificación que se pretende del artículo 3 de la Ley 26775 que, con la aprobación del dictamen, establecería que la rectificación en caso de una información considerada por el demandante como “errónea” debe realizarse hasta el día siguiente de recibida la solicitud, en el caso de medios de comunicación de difusión diaria. Para casos como revistas o semanarios se deberá realizar en la siguiente edición. En medios audiovisuales, además, buscan que la rectificación se realice durante tres días consecutivos o inter diarios.
La Ley N° 26775, que regula el derecho de rectificación de personas afectadas por medios de comunicación, ha sido modificada.
Modificaciones
- La rectificación se debe realizar en el día siguiente de recibida la solicitud, si se trata de medios de edición o difusión diaria.
- En los demás casos, la rectificación se debe realizar en la próxima edición que se publique después de ese plazo.
- La rectificación se debe realizar en la misma forma, modalidad y proporción durante 3 días consecutivos o interdiarios.
- La rectificación se debe realizar a la misma hora que se difundió la información que la origina.
Objetivo de la ley
El objetivo de la ley es proteger el derecho a la intimidad personal y familiar contra las informaciones inexactas.
Derecho de rectificación
El derecho de rectificación es una garantía que tienen todas las personas para exigir que los medios de comunicación corrijan información falsa, inexacta o errónea.
Rectificación inmediata
La Constitución exige que la rectificación debe darse de manera inmediata, es decir, en el menor tiempo posible desde que se produjo la afectación.
