LocalRegionalANULAN SENTENCIA QUE ABSOLVIÓ AL EX ALCALDE LUIS TORRES

Juan Carlos Sarmiento1 año hace155 min

El ex alcalde de Tacna Luis Torres Robledo vive de nervios los comportamientos del poder judicial sobre su futuro político y personal, la población lo victimiza de los hechos ocurridos sobre las presuntos actos de corrupción que se ventilan en el fuero judicial durante su gestión como autoridad política de Tacna, Luis Torres aun levanta pasiones en el electorado por sus atenciones a la población, se escucha decir por allí con todo lo malo lucho al menos si cumple y esto es justamente que lo pone en la expectativa electoral. Al parecer al electorado no le interesa sus juicios o problemas que para algunos son dirigidos por sus detractores políticos.

Reporte.- La Tercera Fiscalía Superior Penal de Tacna logró que la Sala Penal de Apelaciones anule la sentencia que en primera instancia absolvió a Jorge Infantas Franco, Jaime Dueñas Noriega (en calidad de coautores) y al exalcalde provincial de Tacna, Luis Ramón Torres Robledo (en calidad de cómplice primario), por la presunta comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica

Como se recuerda, el Quinto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna impugnó la sentencia contenida en la Resolución Nº 11 de fecha 11 de enero del 2022, emitida por el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, la misma que absolvió a las exautoridades de la comuna provincial.

El Fiscal Adjunto Superior, Jesús Rojas Hurtado, explicó que el Ministerio Público como parte impugnante a la sentencia de primera instancia argumentó en audiencia que no se había valorado adecuadamente los medios instrumentales que pasaron a juicio y fueron actuados en audiencia de primera instancia. Para el Ministerio Público y según la tesis fiscal la prueba desarrollada en juicio ponía en evidenciaba los hechos irregulares de la presunta comisión del delito materia de acusación.

La Sala Penal de Apelaciones acogió los argumentos de la impugnación y destacó que debe realizarse un nuevo juicio oral en el que se valore adecuadamente la prueba y se analice minuciosamente los hechos recurriendo a la “prueba por indicios que presenta el caso en concreto”, lo cual ayudará a esclarecer de manera adecuada los cargos imputados a los investigados.

En tal sentido, la Sala Penal de Apelaciones emitió la Resolución N°21 de fecha 20 de junio del 2022 que declara nula la sentencia apelada por el Ministerio Público que absolvió a las exautoridades de la presunta comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica en agravio del Estado Peruano. Asimismo, dispuso que los actuados sean remitidos a otro juez de juzgamiento, quien deberá programar un nuevo juicio oral con la asistencia de todos los sujetos procesales.

 

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5 comments

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